El derecho de los y las niñas al agua: un asunto indispensable para su desarrollo

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Único país de Latinoamérica con un sistema de transacción de los derechos al recurso hídrico, Chile no considera el acceso al agua como una garantía fundamental, contraviniendo todos los tratados internacionales suscritos incluida a Convención sobre los Derechos del Niño. A continuación compartimos noticia desde la Universidad de Chile:

Fue en el marco de la escasez hídrica que afecta a nuestro país desde hace años y, producto de la pandemia que la Defensoría de la Niñez solicitó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso mediante un recurso de protección el que se garantizaran una cantidad de, al menos, 100 litros de agua, para consumo diario, por cada niño, niña y adolescente de la provincia de Petorca de la región de Valparaíso.

El antecedente que fundó la acción constitucional decía relación con la resolución la Resolución N° 458, de 16 de abril de 2020 que rebajó a 50 los litros de consumo personal diario por persona, disminuyendo en un 50% el estándar considerado como mínimo óptimo de agua que se debe garantizar a la población para la vida. En la presentación de la Defensoría se refiere un” grave riesgo la salud de niños, niñas y adolescentes de la Provincia de Petorca, afectando, de manera concreta y evidente, sus derechos”.

Según los testimonios recabados por la Defensoría de la Niñez, descritos ampliamente en el recurso, los habitantes de Petorca han visto como hace más de un año ” se les raciona el agua, reduciéndose la posibilidad de consumo a cierta cantidad de horas, no más de tres durante el día, tiempo en que ésta ni siquiera cuenta con suficiente presión, lo que impide el adecuado funcionamiento de las redes domiciliarias y, por lo tanto, les impide el efectivo acceso al recurso hídrico”.

La situación se agravó una vez declarada la pandemia en Chile, toda vez que la principal medida de protección al contagio requería necesariamente el acceder al agua para la higiene.

En fallo unánime, la Corte de Valparaíso acogió la solicitud de la defensoría y anuló, por falta de fundamentos y argumentos, la resolución dictada en abril 2020 por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso. Este triunfo de la Defensoría es una demostración de la relevancia fundamental para Chile el que el derecho al agua sea considerado en su real mérito, es decir, como un derecho fundamental de las personas que debe ser garantizado por el Estado de modo de evitar que normativas incluso de jerarquía menos, priven de un recurso tan esencial para el desarrollo de la vida.

“El derecho al agua y al saneamiento es un tema imprescindible que amerita ser discutido permanentemente y no solo a la luz de las dificultades y carencias que los chilenos viven. En Chile no se concibe el derecho al agua y al saneamiento como un derecho humano, sino que más bien se trata y se ha tratado persistentemente, o al menos desde la década del 90, con una lógica de mercado en la que el agua se entiende como un bien de consumo, donde las personas somos meros administradores de ese bien y solo capacitados para administrarlo si tenemos recursos suficientes para poder adquirirlo. La concepción que tiene el Estado chileno del agua contraria todos los mandatos internacionales de derechos humanos respecto de que precisamente éste es un derecho humano”, señaló Patricia Muñoz durante la conversación vía remota.

Todos los niños tienen derecho a agua limpia y saneamiento básico, según lo dispuesto por la Convención sobre los Derechos del Niño y es justamente a ese derecho al que la Defensora apunta como una de las mayores falencias que presenta la estructura sociopolítica de Chile.

La imposibilidad de acceder a este elemento esencial tiene un impacto significativo no solo en el ámbito de salud de los NNA sino en todo lo que involucra su desarrollo armonioso e integral, que es lo que la Convención de los Derechos del Niño les pretende asegurar. Creemos que hay una falencia seria en relación con el comportamiento estatal que requiere de una revisión profunda en el ámbito de lo que vivimos como proceso constituyente. Indudablemente el acceso al agua en tanto derecho humano debe ser concebido como tal y abordado y tratado por las entidades del Estado de esa manera”, aseveró la abogada.

Pueden leer más de la noticia en https://radio.uchile.cl/2020/09/24/el-derecho-de-los-ninos-al-agua-un-asunto-indispensable-para-su-desarrollo/

O también ver la siguiente charla:

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